...

Información para decidir con libertad

Apoya el periodismo independiente

Con la nueva la Ley Federal de Cine y el Audiovisual se obligará a las empresas de Streaming a programar cine y series mexicanas

La nueva legislación impone cuotas de pantalla del 10 por ciento y restringe el uso de inteligencia artificial en el doblaje

El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Cine y el Audiovisual y se abroga la Ley Federal de Cinematografía del 29 de diciembre de 1992. La legislación fue avalada en lo general con 466 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, mientras que en la revisión de las reservas en lo particular registró 462 sufragios en pro, cero en contra y cero abstenciones.

El proyecto legislativo incorpora el término audiovisual al marco jurídico nacional para ampliar la regulación estatal sobre plataformas de video bajo demanda, series y miniseries. La normativa obliga a las empresas de transmisión digital a ofrecer secciones permanentes de obras mexicanas en sus catálogos. Respecto a la inteligencia artificial, el documento exige el cumplimiento de leyes laborales y de derechos de autor durante la producción, y estipula que el doblaje de obras cinematográficas y audiovisuales debe ser ejecutado exclusivamente por artistas, intérpretes o ejecutantes humanos, prohibiendo la automatización en esta área para proteger los puestos de trabajo.

El dictamen establece una cuota mínima del 10 por ciento del tiempo total de exhibición en salas para obras nacionales, fijando un periodo garantizado de 14 días en la cartelera bajo horarios equitativos. Se impone a los exhibidores la obligatoriedad de incluir subtitulaje adaptado y audiodescripción para personas con discapacidad visual y auditiva, además de establecer mecanismos de apoyo para la traducción y doblaje a lenguas indígenas.

En materia de preservación de archivo, los productores tienen el mandato de entregar una copia de sus obras en máxima resolución al Fideicomiso para la Cineteca Nacional. Para la cadena de producción, se formaliza en la ley el programa Fomento al Cine Mexicano, se estructuran estímulos fiscales equivalentes a créditos de hasta el 30 por ciento del costo del proyecto y se instituye un Consejo Asesor con representación gremial para revisar la asignación de recursos.

La implementación del ordenamiento otorga un plazo de 180 días hábiles al Poder Ejecutivo y a los órganos de gobierno para modificar los instrumentos de creación del Instituto Mexicano de Cinematografía, el Centro de Capacitación Cinematográfica, los Estudios Churubusco Azteca y el Fideicomiso para la Cineteca Nacional. El artículo octavo transitorio del decreto prohíbe las ampliaciones presupuestales, obligando a que toda la reestructuración operativa de estas dependencias se ejecute exclusivamente mediante movimientos compensados.

Recomendar Nota

Facebook
X / Twitter
WhatsApp