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La imparcialidad judicial perdida

La nueva conformación de la Suprema Corte ha puesto en riesgo su independencia e imparcialidad al abordar el cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre prisión preventiva oficiosa y aceptar que dos ministras, cuyo criterio se encuentra comprometido, participen en la discusión.

El Estado mexicano fue condenado internacionalmente por las figuras de prisión preventiva oficiosa y arraigo. Actualmente, la Suprema Corte tiene varios procesos relacionados con esta temática. Uno de ellos es el caso de Daniel García Rodríguez en el que debe resolver un amparo directo sobre una sentencia condenatoria y el cumplimiento de la sentencia internacional.

Con la conformación de la nueva integración resultado de la elección judicial, los casos fueron returnados a las ministras Yasmín Esquivel y Estela Ríos. El problema –como la advirtió la organización Pena Sin Culpa que litigó el caso en el sistema interamericano–, es que ambas ministras tenían un conflicto de interés y pérdida de imparcialidad que actualizaba el sistema de impedimentos.

La ministra Esquivel Mossa es ponente del amparo directo 5/2025 en el que debe analizar la responsabilidad penal del Daniel García. Sin embargo, en la Feria Internacional del Libro de 2022 afirmó públicamente que Daniel García y Reyes Alpízar eran responsables de feminicidio, que eran unos “angelitos que estuvieron 16 años en prisión” y era “muy fácil perder la memoria y decir 'pobrecitos que se les pague porque los tuvimos 16 años en prisión'”.

Por su parte, a la ministra Estela Ríos le corresponde proyectar el Expediente de Cumplimiento de Sentencia Internacional 3/2023. En este caso, la pérdida de objetividad e independencia radica en el hecho de que siendo Consejera Jurídica de la Presidencia, gestionó ante la Suprema Corte en 2022 la permanencia de la prisión preventiva oficiosa. Esto es, llamó y presionó a dicha instancia a mantener la figura que ya fue declarada inconvencional.

En ambos casos hay una clara pérdida de la objetividad, imparcialidad e independencia. Las expresiones públicas y como funcionarias de los temas, de la responsabilidad penal o de la defensa de la prisión preventiva oficiosa, resultaban elementos suficientes para que ambas plantearan su excusa, ya que las y los integrantes de la Suprema Corte deben ser y además aparentar ser imparciales. Las ministras no solo rechazaron excusarse, sino que, al llegar los asuntos al pleno por la vía de los impedimentos por recusación, las y los demás ministros avalaron de forma unánime que se mantengan como ponentes.

Las ministras Esquivel Mossa y Ríos González actuaron apartadas del Código de Ética del Poder Judicial de la Federación y de la Ley Orgánica, pero es más preocupante que el sistema de impedimentos pierda centralidad por el resto de las personas que integran el máximo tribunal y que de manera unánime, con elementos de identificación política en un caso y de prejuzgamiento de culpabilidad, se haya avalado de manera unánime su participación en ambos asuntos. De esto sin duda, habrá un pronunciamiento de la Corte Interamericana en la supervisión de cumplimiento de la sentencia internacional.

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