Para llevar estadísticamente a la baja este delito, muchos casos se catalogan como privación ilegal de la libertad, retención o sustracción de menores y “otros”
Para llevar estadísticamente a la baja este delito, muchos casos se catalogan como privación ilegal de la libertad, retención o sustracción de menores y “otros”

El registro de víctimas de secuestro en México presenta distorsiones frente a otras clasificaciones de delitos contra la libertad personal, lo que revela posibles manipulaciones para llevar estadísticamente a la baja este ilícito de alto impacto, advierte Causa en Común con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP).
En el análisis “Cuentas y cuentos en torno a los secuestros”, la organización señala que mientras el número de víctimas de secuestro se redujo a 84 casos en el primer bimestre de 2026 -en comparación con 182 registros del mismo periodo de 2025-, las distintas categorías de “otros delitos contra la libertad personal” acumularon cifras considerablemente mayores con un total de 5 mil 965 víctimas.
Esto significa que, por cada secuestro, hay 71 víctimas en categorías distintas, pero relacionadas con dicho ilícito, como privación ilegal de la libertad, retención o sustracción de menores e incapaces y “otros”, a lo que se suma que el rapto y tráfico de menores se encuentran prácticamente sin registros.
“Estos vacíos no solo generan dudas sobre la correcta clasificación de los delitos, sino que refuerzan la hipótesis de subregistro o de desplazamiento de estos hacia categorías más amplias o menos visibles”, sostiene la organización.
A partir de enero de 2026, el SESNSP modificó la categoría de “otros delitos contra la libertad personal”, eliminando las figuras accesorias, el llamado “autosecuestro” y la desaparición cometida por particulares.
Se incluyeron las tentativas de los delitos de secuestro, rapto, tráfico de menores, privación ilegal de la libertad y retención o sustracción de menores, además de “otras clasificaciones de delitos que atenten contra la libertad personal”.
La organización indica que, por lo tanto, además de que ahora las tentativas son añadidas a conductas consumadas, la permanencia de otras clasificaciones mantiene un margen amplio para la discrecionalidad.
De acuerdo con Causa en Común, esta desagregación se traduce en dos nuevas categorías: privación ilegal de la libertad y retención o sustracción de menores e incapaces, conservando aún la categoría de “otros”.
Con base en la nueva clasificación, la comparación entre el primer bimestre de 2025 y el mismo periodo de 2026 muestra un cambio relevante en la magnitud de los delitos contra la libertad personal.
En términos absolutos, el total de víctimas en estas categorías aumenta, al pasar de 4 mil 588 en enero y febrero de 2025 a 6 mil 049 en enero y febrero de 2026.
Mientras tanto, el número de víctimas de secuestro pasa de 182 en el primer semestre del año pasado, a 84 casos en los dos primeros meses de 2026.
“A la luz de estos datos, la distribución proporcional de los delitos contra la libertad personal también presenta cambios significativos. El secuestro reduce su peso relativo dentro del total, al pasar de representar el 3.97% en 2025 a 1.39% en 2026. No obstante, más que una disminución general del fenómeno, los datos sugieren ajustes en cómo se registran y distribuyen los delitos que atentan contra la libertad personal”.
Causa en Común refiere que en la última década previo a los cambios en el registro a partir de 2026, se observó un primer periodo de incrementos sostenidos en el número de víctimas de secuestro, alcanzando un máximo histórico de 1 mil 629 en 2019.
Durante los siguientes tres años, hasta 2022, hubo un descenso, el cual se interrumpe durante 2023 y 2024, para luego reducirse a un mínimo de 716 víctimas en 2025.
Sin embargo, este decremento en el secuestro contrastó con el crecimiento exponencial de la categoría “otros delitos contra la libertad”, la cual acumuló decenas de miles de registros y funcionó como una "caja negra" que distorsionó la medición real del delito.
Entre 2015 y 2025, la disparidad entre ambas categorías se agudizó de manera crítica. Mientras que al inicio del periodo el número de víctimas en el rubro de “otros delitos” era 10 veces mayor al de secuestro, para el cierre de 2025 esa proporción escaló a más de 40 veces.
“Este comportamiento sugiere que, lejos de funcionar como una categoría residual, ‘otros delitos contra la libertad’ se mantiene como una caja negra en la que es probable que se concentren registros que distorsionan la medición real del secuestro”.
Causa en Común señala que la nueva clasificación no explica por qué durante años el rubro de “otros delitos contra la libertad” mostró un crecimiento sostenido, además de que no garantiza que las fiscalías estatales apliquen los nuevos criterios de manera correcta y homogénea.
“De nueva cuenta, entre la cifra negra y las probables manipulaciones en los registros, no es difícil suponer que cualquier ajuste en categorías absorba las trampas y los dislates de las fiscalías, y que continúe la distorsión del delito a conveniencia del discurso político de gobiernos incapaces de enfrentar la realidad”.
Lee el Informe completo de Causa en la siguiente liga:
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