...

Apoya el periodismo independiente

Tripulación del Tren Interoceánico no tenía certificación vigente

También hay testimonios en el sentido de que el Tren no iba a exceso de velocidad, como señalan los peritajes preliminares de la FGR

La empresa Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec, operada por la Secretaría de Marina, permitió que el Tren Interoceánico que se descarriló en Oaxaca fuera conducido por una tripulación sin certificación vigente, a la cual se responsabilizó de la tragedia.

Por su parte, uno de los integrantes del personal que iba a bordo del tren contradijo la versión preliminar de la FGR de que el siniestro se debió al exceso de velocidad. En su declaración ministerial aseguró que la velocidad era “normal”, similar a la de viajes anteriores.

La Aurora de México tuvo acceso a documentos de la FGR que revelan que el conductor, Felipe de Jesús Díaz Gómez, y el maquinista, Emilio Erasmo Canteros Méndez, tenían vencida su licencia ferroviaria desde hace unos años, pero aun así se les autorizó operar el convoy que se accidentó el 28 de diciembre pasado.

El expediente indica que “no contaban con licencia federal ferroviaria vigente, que los faculta para ejercer las funciones propias de su cargo”.

Al respecto, el artículo 40 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario establece que las personas concesionarias y asignatarias están obligadas por ley a vigilar y constatar que su personal cuenta con el documento actualizado.

Dicho permiso debe ser expedido por la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF).

"Son personas con mucha experiencia", dice Sheinbaum

Sobre el descarrilamiento, la presidenta Claudia Sheinbaum afirmó que “los maquinistas” del Tren Interoceánico son personas con mucha experiencia, por lo que las causas del exceso de velocidad lo determinará la agencia.

Al igual que el conductor y el maquinista del Tren Interoceánico, el garrotero Juan Carlos Ojeda, miembro de la tripulación el día del siniestro, confirmó que tampoco tenía su licencia en regla, pero que la empresa Ferrocarril del Istmo permitía a su personal laborar a pesar de esta irregularidad.

La FGR no ejerció acción penal en contra de Ojeda, pero sí solicitó orden de aprehensión para Felipe de Jesús Díaz Gómez, Emilio Erasmo Díaz Gómez y el jefe de despachadores, Ricardo Mendoza Cerón, por los delitos de homicidio culposo y lesiones culposas.

Olga Lara, apodera legal de Ferrocarril del Istmo, remitió al MP la licencia ferroviaria a nombre de Felipe de Jesús Díaz “con fecha de vencimiento 29 de noviembre de 2020 como conductor”. Mientras que la licencia federal de Emilio Erasmo tenía vigencia al 1 de diciembre de 2024.

En su entrevista ante la FGR, realizada el 12 de enero de 2026, Juan Carlos Ojeda, dijo:

“…para realizar mi función debo contar con licencia federal ferroviaria, con la cual puedo operar trenes de carga y pasajeros, por lo que cuento con dicha licencia expedida por la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, con vigencia de dos años a partir del 01-12-2021 a 01-12-2023…por lo que quiero hacer de su conocimiento que el 2 de enero de 2026 realicé el trámite de renovación.

“Se encuentra en proceso de expedición, sin embargo quiero aclarar que yo seguí operando con la licencia vencida porque la empresa Ferrocarril del Istmo de Tehuantepec no me había suspendido para realizar mis funciones, pues son ellos los que nos mandan a realizar la renovación, dado que la licencia se va renovando cada dos años”.

"Era una velocidad normal"

Ojeda también señaló que el Tren Interoceánico no iba a exceso de velocidad, como señalan los peritajes preliminares de la FGR que indican que circulaba a 65 kilómetros por hora cuando la velocidad máxima permitida en el sitio del siniestro era de 50 kilómetros por hora.

“…tanto en la salida del tren como en el recorrido no observé ninguna falla en el tren …el clima el día de los hechos era caluroso y totalmente despejado, por cuanto hace a la velocidad no sabía a qué velocidad iba, ya que no es una de mis funciones saberlo, sino es función del conductor.

“Pero lo que sí puedo establecer es que era una velocidad normal a los anteriores viajes, ya que como he referido desde el 2019 he sido parte de la tripulación del tren, desconozco si se haya reportado alguna anomalía o irregularidad del tren o infraestructura, no está dentro de mis funciones, sino está dentro de las funciones del conductor”.

Por otra parte, el testimonio ante la FGR de José Manuel Gaytán, mayordomo de locomotoras del Ferrocarril Interoceánico, señala que el tren siniestrado tiene un radio y cámaras de vigilancia que no están habilitadas. El primero porque no “es compatible” para la comunicación y las otras porque carecen de software para su funcionamiento.

“De igual forma manifestó que debido al tipo de locomotora el conductor no cuenta con un velocímetro en su tablero, por lo que no le es posible saber si el maquinista va a exceso de velocidad; sin embargo, el conductor sí está obligado a supervisar la velocidad a la que va el maquinista observando el velocímetro del maquinista y tiene la facultad de expresarle al maquinista que regule su velocidad de acuerdo a las precauciones de velocidad emitidas por el despacho”.