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CNDH ante el espejo de Ayotzinapa: la creación de una "mentira histórica"

El caso Ayotzinapa ha vuelto a fracturar la narrativa oficial, pero esta vez el sismo no proviene de un tribunal o de una fiscalía, sino de las entrañas de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Bajo la administración de Rosario Piedra Ibarra, ese organismo ha terminado por morderse la cola en un giro de timón que transita de la denuncia científica al blindaje institucional. La publicación de la reciente y controvertida recomendación 208VG/2026 ha consumado lo que las familias de los 43 normalistas califican abiertamente como una traición histórica.

La pirueta política de la CNDH tropieza con su propio pasado escrito. Años atrás, en 2022, la gestión de Piedra Ibarra —particularmente la oficina especial que ese organismo creó para el análisis del caso— dedicó páginas enteras a desmantelar la llamada "verdad histórica", no solo apuntando a la tortura, sino a la selectividad de los elementos probatorios, particularmente los balísticos. En los análisis críticos de la recomendación 15VG/2018, la actual administración de la citada institución dejó asentado textualmente un reclamo: "Las detenciones de policías municipales de Iguala y Cocula no toman en cuenta las periciales en balística que determinan que también se utilizaron armas de policías estatales, federales y del Ejército". En aquel entonces, para la CNDH era una obviedad técnica que se había construido una "caja negra" para proteger a las esferas más altas del poder, al ignorar deliberadamente que en el bulevar Juan N. Álvarez y en el cruce de Santa Teresa había casquillos percutidos que apuntaban directo a los cuarteles federales.

Para la CNDH de entonces, la presencia de casquillos de uso militar en las escenas del crimen era una prueba técnica irrefutable de que la agresión no había sido un asunto estrictamente local o municipal. Hoy, la brújula interna del organismo parece operar con otros datos. Al calificar las investigaciones independientes del GIEI y de la CoVAJ como una "narrativa sensacionalista" o una "antiverdad", la actual gestión ha decidido archivar sus propios hallazgos o presunciones carentes de sustento legal. El argumento de que no existe una estrategia institucional de contrainsurgencia sirve de paraguas legal para diluir la colusión en meras "conductas individuales" de militares aislados.

A la fecha, la CNDH se defiende bajo el tecnicismo de que una comisión de derechos humanos "no exonera ni juzga penalmente" y que la Sedena ya había sido amonestada en el pasado. Sin embargo, en la práctica y ante la opinión pública, el mensaje es nítido: el mismo organismo que antes denunciaba el ocultamiento de pruebas balísticas militares hoy convalida el carpetazo institucional a las fuerzas castrenses; de lo cual, por cierto, no existieron elementos fidedignos o idóneos en la indagatoria inicial, tal como consta en el Informe Integral del caso dado a conocer por la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero en la primera semana del mes de octubre de 2014. El trabajo ministerial, con soporte pericial, simplemente delimitó el alcance técnico y legal de la investigación sin dar lugar a posturas sesgadas, sospechas o consensos sin sustento.

A mayor abundamiento, en la recomendación 15VG/2018 se identificó que las policías municipales de Iguala y Cocula disponían de fusiles de tipo o uso exclusivo, amparadas bajo la licencia oficial colectiva de portación otorgada de forma general a los estados, lo que explica técnicamente el origen físico de casquillos de tal naturaleza en las escenas del crimen.

En otro tenor, el texto de la recomendación 208VG/2026, emitida días atrás, la CNDH atacó frontalmente la legitimidad del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) y de la Comisión para la Verdad (CoVAJ), que encabezó Alejandro Encinas. El organismo calificó formalmente sus conclusiones —las cuales apuntaban a que los mandos militares ocultaron activamente folios de inteligencia y vigilaron en tiempo real la desaparición de los jóvenes— como una "antiverdad histórica" y una "narrativa sensacionalista". Es decir, deslegitimó por completo el rigor de sus informes.

La agresión discursiva adoptó una escala internacional y punitiva: el aparente trabajo de investigación detrás de la recomendación, rastreó y exhibió supuestos antecedentes negativos de las investigadoras extranjeras Claudia Paz y Paz (Guatemala) y Ángela Buitrago (Colombia) en sus respectivos países de origen, utilizándolos deliberadamente para demeritar su perfil y acusarlas de haber convalidado o incurrido en actos ilícitos en México con el fin de forzar la hipótesis de la culpabilidad castrense. A la par, imputó directamente acciones ilícitas a Alejandro Encinas, acusándolo de haber orquestado la compra o pago a testigos protegidos bajo el mismo propósito de inculpar al cuerpo militar. Así, un organismo de derechos humanos terminó recurriendo al ataque personal y a la criminalización transfronteriza de los expertos para invalidar hallazgos técnicos.

En sentido contrario, el domingo 26 de julio del año que transcurre, al responder por escrito a la ola de críticas vertidas por Amnistía Internacional, el propio Alejandro Encinas, la exintegrante del GIEI Ángela Buitrago y quien esto suscribe, la CNDH cayó en una flagrante incongruencia, dado que en una parte de su posicionamiento afirma que las pruebas presentadas por algunos de sus detractores se apoyan en documentos apócrifos que no están contenidos en los informes del GIEI y la CoVAJ.

La ironía jurídica es total. Para defenderse de las críticas que la acusan de blindar a la Sedena, la CNDH ahora emplea como estándar de verdad y validación científica los propios informes del GIEI y de la CoVAJ que ella misma había descalificado e invalidado días antes en su propia recomendación. Pasó de tachar el trabajo de Encinas y los expertos independientes de "nocivo" y "sensacionalista" a usarlos como el filtro oficial definitivo para determinar qué documentación es real y cuál es falsa o inexistente. Esta errática argumentación no hizo más que dinamitar aún más la credibilidad técnica del pronunciamiento oficial.

Con relación a lo expuesto, hay un hecho que queda al descubierto y resulta evidente en la errática o falsaria investigación de la actual CNDH: la consulta de las actuaciones o diligencias que conforman las averiguaciones previas vinculadas al caso Ayotzinapa fue incompleta y, la mayoría de las veces, nula para esclarecer varios de los aspectos o hechos que dieron origen a las mismas.

Mención aparte para justificar la oculta o maquillada "reapertura" del asunto de mérito, dado que, en ningún momento, se desmintió que la reforma (modificaciones o adiciones) al reglamento interno de la CNDH se haya fraguado a través de un procedimiento fraudulento al incrustar el artículo 108 bis mediante un simulado acto de aprobación de un órgano colegiado (Consejo Consultivo) que se había desintegrado en aquel momento, dadas las diferencias irreconciliables entre quienes fueron parte de ese consejo y la titular de tal institución. Adicionalmente, debe tenerse presente que el pronunciamiento en cuestión es fraudulento en razón de que deriva de una prohibición normativa a reabrir un caso sobre el cual se había agotado su investigación al determinar violaciones graves a derechos humanos, respecto de lo cual, solo cabía realizar tareas o acciones de seguimiento al pronunciamiento dirigido en 2108 a distintas autoridades.

Así también resulta en extremo falaz que la reapertura del caso provenga de la inconformidad de los padres y madres de los jóvenes normalistas, quienes nunca desconocieron los alcances o términos de la primera recomendación.

Resta decir que los hechos expuestos hace unos días por el suscrito (posicionamiento) con relación al falaz pronunciamiento de la actual CNDH están documentados dentro de la indagatoria oficial del caso Ayotzinapa a cargo de la FGR, en averiguaciones previas conexas y en los informes de la CoVAJ (basta leer el más reciente, donde al menos hay 14 menciones de diligencias de la procuraduría de Guerrero), siendo estos datos de prueba informes, acuses de recibo, mensajes de WhatsApp, correos electrónicos y testimonios diversos.

El proceder del enunciado organismo es propio de quienes desconocen el procedimiento probatorio y la valoración objetiva de las pruebas, constituyendo un planteamiento sumamente irresponsable y tendencioso.

La señora Rosario Piedra guardó un conveniente y cómplice silencio en su momento; es decir, cuando se dio la liberación de más de 80 integrantes de "Guerreros Unidos" por no haberse ofrecido, en tiempo y forma, los Protocolos de Estambul en la época en que Omar Gómez Trejo encabezó la Unidad Especial para la Investigación y Litigación del Caso Ayotzinapa (UEILCA). Asimismo, calló en lo concerniente a los alcances de la sentencia del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito de Tamaulipas que propició dicha exoneración, dado que, en cumplimiento de la misma, el juez Samuel Ventura Ramos dio por ciertos hechos de tortura que no fueron probados científicamente.

En tanto, por lo que hace a la orden de crear una Comisión de la Verdad dictada por el órgano judicial colegiado, la CNDH se pronunció recientemente en contra, declarándose jurídicamente imposibilitada para ser parte de la misma: "es un amparo que mucho daño ha hecho a la causa de la investigación del caso Ayotzinapa y que permitió la liberación de más de 60 perpetradores que se determinó habían sido torturados sin que mediara ningún dictamen prueba científica." Añadió que la sentencia va más allá de las tareas o funciones que le corresponden al Ministerio Público y que participar en una nueva comisión implicaría revisar, valorar y eventualmente modificar conclusiones que se han formulado, lo cual comprometería los principios de imparcialidad, objetividad e independencia.

Lo anterior es coincidente con parte de lo que el autor del presente texto sostuvo cuando se conoció públicamente el contenido de la sentencia en cuestión, a la que califiqué como "aberración histórica."

No son tiempos para generar espacios a la ineptitud. Queda claro que la actual CNDH y el delincuente transmutado en testigo colaborador por el exfiscal Omar Gómez Trejo, de nombre Gildardo López Astudillo y/o "Juan" (de identidad reservada), son tal para cual, toda vez que son responsables de faltas graves o perpetradores de versiones contradictorias, inconsistentes, tendenciosas, vengativas e inverosímiles que pretenden sostener "verdades alternas", cuando lo cierto es que forman parte de un insensato intento de construir una "mentira histórica".

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