El propósito es hacer efectivos los derechos reconocidos en la Constitución
El propósito es hacer efectivos los derechos reconocidos en la Constitución

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó que al menos el 10 por ciento de los recursos federales del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS), sean entregados directamente a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
El alto tribunal resolvió 12 controversias constitucionales promovidas por municipios que impugnaron los lineamientos del FAIS; durante la sesión, se determinó que la asignación directa de dichos recursos es con la finalidad de hacer efectivos los derechos que les reconoce el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Esto es, reconocerlos como sujetos de derecho público, con personalidad jurídica, patrimonio propio y capacidad para recibir y administrar directamente las asignaciones presupuestalesque les correspondan.
La SCJN informó que, si bien las aportaciones del FAIS forman parte de la hacienda municipal, su destino está sujeto a los fines previstos en la legislación federal; en ese sentido, la asignación directa de esos recursos respeta la autonomía municipal al solo armonizar el ejercicio de sus atribuciones con el mandato constitucional de garantizar los derechos de dichos pueblos y comunidades.
Se aclaró que las facultades de coordinación y regulación del FAIS conferidas a la Secretaría del Bienestar no sustituyen las competencias de los gobiernos municipales, por lo que dicha instancia no constituye una autoridad intermedia prohibida por la Constitución Política Federal.
Al respecto, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz, calificó la resolución como un hecho histórico al fortalecer reconocimiento de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas como sujetos de derecho público.
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