De acuerdo con Observatorio Permanente de Integridad Electoral, la Reforma debe cuidar la “funcionalidad técnica” y “la equidad que ha permitido la alternancia pacífica del poder en las últimas décadas”
De acuerdo con Observatorio Permanente de Integridad Electoral, la Reforma debe cuidar la “funcionalidad técnica” y “la equidad que ha permitido la alternancia pacífica del poder en las últimas décadas”

De cara a lo que será la próxima reforma electoral impulsada por el Ejecutivo Federal, el Observatorio Permanente de Integridad Electoral dio a conocer su informe “La encrucijada de la democracia mexicana en 2026. Los irreductibles para una reforma electoral”, en el cual buscan “hacer un análisis con rigor técnico y profundidad analítica, en el que se consideren deforma seria y con prospectiva las implicaciones de las modificaciones propuestas al andamiaje democrático del país”.
Entre las propuestas y alternativas planteadas por este organismo destaca en primer lugar “mantener la capacidad operativa instalada en los estados. Desmantelar los OPLEs antes de 2027 es un riesgo innecesario”. Esto contra aquellos que plantean la desaparición de los Organismos Públicos Locales, cuyas funciones y atribuciones serían centralizadas en la
autoridad electoral nacional.
Con respecto a los diputados plurinominales, OPINE señala que es mejor “reformar, no eliminar, la representación proporcional”. Para este Observatorio pueden explorarse otras vías “para reducir el Congreso y mejorar el vínculo representativo sin aniquilar a las minorías políticas, garantizando la gobernabilidad democrática”
Frente a la idea de reducir el financiamiento público a los partidos, el OPINE es partidario de “rechazar la eliminación total del financiamiento público para evitar la captura de la política por grupos de poder, incluyendo el crimen organizado”. En lugar de eso, propone “racionalizar el gasto mediante fórmulas de participación, pero manteniendo la autonomía financiera de los partidos”.
Para el OPINE “la viabilidad de una reforma de gran calado no puede disociarse del
calendario electoral constitucional. El artículo 105, fracción II, de la Constitución Política
establece una prohibición absoluta para realizar modificaciones legales fundamentales
a las normas electorales 90 días antes del inicio del proceso electoral”. Por lo mismo, asegura que “intentar aprobar una reforma estructural en mayo de 2026 para implementarla en septiembre de 2026 es una operación de altísimo riesgo”.
El organismo, del que participan diversos expertos, concluye que “la democracia mexicana requiere ajustes para ser más eficiente y menos costosa, pero estos no deben realizarse a costa de su funcionalidad técnica ni de la equidad que ha permitido la alternancia pacífica del poder en las últimas décadas”.