El Capítulo 23 del acuerdo comercial con EU y Canadá prohíbe la importación de bienes o la contratación de servicios producidos mediante cualquier forma de trabajo forzado u obligatorio
El Capítulo 23 del acuerdo comercial con EU y Canadá prohíbe la importación de bienes o la contratación de servicios producidos mediante cualquier forma de trabajo forzado u obligatorio

El financiamiento y despliegue de misiones médicas cubanas en el sistema de salud pública del país podría convertirse en un factor de vulnerabilidad en la negociación del T-MEC, por contravenir el Capítulo 23 del acuerdo comercial con Estados Unidos y Canadá.
Dicho lineamiento expresa una prohibición estricta sobre la importación de bienes o la contratación de servicios producidos mediante cualquier forma de trabajo forzado u obligatorio y el modelo bajo el cual operan los médicos cubanos encuadra en ese esquema.
Un informe de Consorcio Justicia y diversas denuncias presentadas ante la Corte Penal Internacional (CPI) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) revelan que el esquema de contratación de los profesionales cubanos incumple flagrantemente estas normas.
Lo anterior, porque el régimen cubano retiene entre el 75 y el 95 por ciento del salario total pagado por el Estado mexicano por cada especialista, además de que viven en condiciones de vigilancia estricta, retención de pasaportes y la prohibición de relacionarse con la población local.
Si un médico abandona la misión o decide quedarse en México, el gobierno cubano le impone penas de hasta 8 años de prisión o la prohibición de regresar a su país por casi una década.
En México hay alrededor de 3 mil médicos cubanos contratados a través de los convenios entre el gobierno, a través del IMSS-Bienestar, con el Ministerio de Salud de Cuba.
El modelo bajo el que operan los cubanos en el país contraviene las disposiciones del T-MEC, lo que podría exponer al país a controversias laborales y sanciones comerciales ante Estados Unidos y Canadá.
Asimismo, el acuerdo comercial compromete a los tres países a garantizar salarios justos, libertad de asociación y condiciones de trabajo dignas acordes con los convenios fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Para la legislación internacional y el acuerdo comerdial, precisa el informe, las políticas del gobierno cubano, en cuanto a la contratación de los médicos cubanos en México,configuran la definición clásica de trata de personas con fines de explotación laboral y trabajo forzoso.
El T-MEC cuenta con herramientas de exigencia inmediata como el Mecanismo Rápido de Respuesta (MRR) y el seguimiento activo del Comité Intersecretarial Laboral y de Trabajo Forzoso del gobierno estadounidense.
Si Estados Unidos o Canadá determinan que la integración de estos servicios gubernamentales subvenciona un sistema de explotación laboral, pueden activar paneles de arbitraje.
Las consecuencias podrían ser bloqueos comerciales y aranceles; la revisión del T-MEC y las empresas multinacionales asentadas en México podrían enfrentar presiones en sus países de origen por beneficiarse indirectamente de programas públicos salpicados por trabajo forzado.
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