El deterioro del Estado de derecho(s) en México no es un fenómeno reciente. En los últimos ocho años hemos atestiguado el debilitamiento del equilibrio de poderes, la desaparición o captura de instituciones autónomas y la mentira como sustento del discurso oficial. En estas semanas se aprecia que desde Palacio Nacional se está dejando de concebir la ley como límite de la actuación gubernamental y la intención de convertirla en un instrumento más para su permanencia en el poder.
El sentido común es una virtud personal; el Estado de derecho(s) significa una garantía colectiva. En un Estado constitucional de derecho(s) gobierna la ley, no el sentido común. Porque si bien este sentido es útil para inspirar la redacción o reformas al marco legal, para orientar la interpretación y aplicación de las normas de personas juzgadoras o apoyar las decisiones de funcionarios según sus propias atribuciones legales, nunca puede, ni debe, sustituir obligaciones jurídicas expresas. Instruir a un funcionario para ignorar la norma no muestra compromiso con el Estado de derecho(s).
La admisión de la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República de que la reforma constitucional para limitar las “pensiones doradas” contiene fallas y su decisión de “desaplicar” mediante oficio administrativo una de sus aplicaciones, sienta un precedente peligroso porque el Ejecutivo carece de facultad legal para “desaplicar” la Constitución. Los mecanismos constitucionales para reparar errores legislativos se limitan a la promoción de una nueva reforma, a esperar por sentencias judiciales o modificaciones del propio Constituyente Permanente. Un simple oficio administrativo no puede ser el instrumento para dejar sin aplicación una disposición constitucional aprobada por el Congreso de la Unión y la mayoría de las legislaturas estatales. Esta decisión altera, si no es que destruye, el principio de la supremacía constitucional.
El tercer ejemplo confirma el mismo fenómeno: la relación que quieren establecer quienes hoy concentran el poder con el derecho y su afán por definir cuándo la ley deba cumplirse y cuándo deba ignorarse. La propuesta para los lineamientos de “protección de audiencias” pretende ampliar el margen de regulación sobre la información que recibimos como ciudadanía. Con ello, la concentración del poder bajo el Ejecutivo pasa de ser solo jurídica y trasciende a la narrativa: se apropia de las definiciones de criterios informativos y de la calificación única de lo verdadero y lo falso. Así se va destruyendo la convivencia de la pluralidad y diversidad que todavía somos.
Estas tres señales no son episodios inconexos. Los tres afectan pilares del diseño legal de la nación: la supremacía constitucional, el principio de legalidad y la libertad de expresión y derecho a la información. Revelan, finalmente, que estamos transitando hacia una nueva cultura del poder en la que la ley ya no disciplina a quienes gobiernan, sino que convierte a los gobernantes en quienes disciplinan a la ley.
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