Hace un par de meses se resolvió en el estado de Nueva York un juicio con un planteamiento muy interesante: ¿resulta aplicable el secreto profesional —conocido en el ámbito jurídico como el privilegio abogado-cliente— cuando la información que se pretende proteger fue generada por inteligencia artificial (IA) sin la intervención de un abogado?
Vamos por partes. El caso se originó cuando una persona acusada de fraude en Estados Unidos utilizó Claude (una herramienta de IA) para preparar ciertos documentos de su defensa. Posteriormente, la parte acusadora incorporó dichos documentos al proceso penal. Ante esto, el acusado —ya asistido por un abogado— solicitó que se reconocieran como materiales protegidos por el secreto profesional y, por tanto, no se utilizaran en el procedimiento.
El expediente, identificado como US v. Heppner (No. 25 Cr. 503), fue resuelto el pasado 17 de febrero por el juez Jed S. Rakoff, en Nueva York. En su sentencia, el juez desestimó la pretensión de proteger lo generado por la IA. Los argumentos judiciales fueron contundentes: la plataforma no es un abogado; la interacción con la herramienta no constituye, por sí misma, la prestación de un servicio legal, y al ser utilizada por un particular y no por un profesional, no es posible alegar que la IA formó parte de la asistencia técnica jurídica de un tercero.
Este precedente es relevante no solo porque los despachos han integrado la IA en sus labores cotidianas (lo que de suyo tendrá que ser regulado), sino porque las personas han comenzado a utilizarla para contrastar la viabilidad de las estrategias de sus abogados. Sin embargo, lo que parece una práctica inocua tiene aristas profundas. ¿Es la IA una alternativa real a los servicios legales profesionales?
Si bien la IA es una herramienta no sólo útil sino muy potente, no puede, a mi juicio, sustituir la labor del abogado por tres razones fundamentales: a) incertidumbre técnica: el uso del derecho en la IA suele generar "alucinaciones"; es decir, resultados que carecen de certeza absoluta, aunque sus aproximaciones sean cada vez más precisas; b) ausencia de responsabilidad: no es posible fincar responsabilidad legal a una plataforma por las estrategias articuladas mediante sus algoritmos y, c) vulnerabilidad de los datos: la información que arrojan estas plataformas no goza de protección especial ni de confidencialidad; de hecho, los términos de uso suelen advertir explícitamente sobre ello, por lo que información que puede ser especialmente sensible puede ser utilizada por terceras personas bajo un consentimiento originalmente dado cuando se inició en el uso de cada plataforma.
En la práctica jurídica actual, es imposible ignorar estas herramientas, los despachos deben establecer protocolos rigurosos para un uso adecuado y cauteloso. Sin embargo, en el ámbito personal, la responsabilidad recae en el propio usuario. Antes de permitir que una IA nos diagnostique legalmente —o incluso médicamente—, debemos preguntarnos cómo garantizaremos que esa transición no se convierta en una situación de alto riesgo.
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