¿Quién tiene la culpa del hambre de los cubanos? ¿Su gobierno o el de Estados Unidos? El reciente discurso del presidente de Nicaragua, Daniel Ortega, en el cual afirmó que ya no habría más elecciones en su país, pues serían utilizadas por los enemigos del régimen, es la prueba más reciente de que el principio de la no intervención y la autodeterminación de los pueblos no necesariamente sirve para defender a las poblaciones, sujetas muchas veces a dictaduras que se esconden en el antiimperialismo y la soberanía nacional para seguir negando la democracia y los derechos humanos en su inviolable territorio.
Ciertamente, el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos tiene una razón de ser muy válida históricamente. En México lo desarrolló Isidro Fabela, fundador del Grupo Atlacomulco, en la década de los 40 del siglo XX, luego de su experiencia en el gobierno de Carranza y de haber presenciado el intervencionismo de Estados Unidos de América en nuestro país y en muchas otras partes de Latinoamérica. La doctrina que empujó entonces en materia de política exterior tenía bases políticas reales y la sigue teniendo, pues las potencias del mundo siguen pasando por encima de los intereses de las naciones menos fuertes o de la voluntad de esos pueblos. Ucrania y Gaza son los ejemplos más recientes.
Sin embargo, ese principio que tiene bases históricas y que a nosotros en México nos ha servido para defendernos del intervencionismo de los gobiernos de Estados Unidos, nunca ha sido y ciertamente no es ahora un principio absoluto. La razón es muy simple. Por lo menos desde el fin de la Segunda Guerra Mundial, las naciones han entendido que no pueden permanecer pasivas frente a los crímenes de guerra o las atrocidades cometidas por gobiernos o por grupos rebeldes, en nombre de ideales políticos, religiosos, o de cualquier otro tipo. El holocausto judío, el genocidio armenio, las masacres en Ruanda, los ejercicios de limpieza étnica en Kosovo, con millones de víctimas, han empujado a la reconsideración de ese principio y han introducido otros como el de “intervención humanitaria”. Este principio se ha definido como el uso de la fuerza para proteger a la población de otro Estado de violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos cometidas contra ella o, de forma más general, para evitar una catástrofe humanitaria, sobre todo cuando el Estado en cuestión no puede o no quiere resolver el problema. La Carta de las Naciones Unidas prevé estas situaciones y básicamente las limita a la aprobación del Consejo de Seguridad o a la legítima defensa. Pero como muchas otras cosas de las Naciones Unidas o del derecho internacional público, la verdad es que las potencias han hecho caso omiso de lo establecido por ellas mismas y lo que prevalece es el uso de la fuerza, cuando les conviene a sus intereses. En contrapartida, vemos a muchos dictadores de países medianos o pequeños escudarse en el principio de la no intervención y autodeterminación de los pueblos para seguir enseñoreados y oprimiendo a sus pueblos, negándoles los mínimos derechos humanos, para empezar por los primeros que existieron, es decir los derechos políticos.
La solución, por lo tanto, no pasa por la negación del derecho a la autodeterminación de los pueblos, pero tampoco por su defensa como principio absoluto. No podemos justificar el uso de la fuerza interesada de las potencias, pero tampoco podemos permanecer pasivos frente a las dictaduras que oprimen a sus pueblos bajo un principio establecido con otro fin.
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